Reforma inmobiliaria · Chile

Simulador DFL2: el impuesto único de 5% sobre tus arriendos

La Ley de Reconstrucción Nacional crea un impuesto único de 5% sobre el arriendo bruto de las viviendas económicas DFL2, desde la tercera propiedad. Carga tus viviendas y compara, paso a paso, cuánto pagan tus arriendos hoy y cuánto pagarían con la reforma.

Tus viviendas DFL2

Agrega cada vivienda con su fecha de compra. Una vivienda económica DFL2 tiene hasta 140 m². Las 2 DFL2 más antiguas quedan exentas; de la tercera en adelante vemos si pueden pagar el 5%.

#Superficie ()Fecha de compraArriendo mensualPrecio de compra (opcional)Nueva 140 m² Tratamiento
1Exenta
2Exenta
3Paga 5%

Tus otras rentas

Para ubicar tu tramo de impuesto a la renta. Si vives solo de los arriendos, deja 0.

TaxMover
Simulación DFL2 · impuesto único de 5%
Resumen ejecutivo del impacto de la reforma
Cuánto pagan tus arriendos hoy y cuánto pagarían con la reforma.
AT 2026 · SII
Con la reforma podrías ahorrar
$216.000al año
en impuestos por tus arriendos. Hoy pagarías $576.000; con la reforma, $360.000 — todo a tu nombre.
Arriendos del año
Exento (2 DFL2 más antiguas)$11.640.000
Pasa al 5% (hasta 90 m²)$7.200.000
Sigue en impuesto normal$0
Total arriendo anual$18.840.000
Determinación
HoyReforma
Otras rentas (sueldo + otros ingresos)$30.000.000$30.000.000
(+) Arriendos que pagan impuesto a la rentahoy todos los afectos; con la reforma solo los de más de 90 m²$7.200.000$0
(=) Base afecta al impuesto a la renta$37.200.000$30.000.000
Impuesto a la renta sobre esa base (tabla SII)$1.523.963$947.963
(−) Impuesto que ya pagas por tus otras rentas$947.963$947.963
(=) Impuesto de los arriendos que van al impuesto normal$576.000$0
(+) Impuesto único 5%régimen opcional, viviendas de hasta 90 m²$360.000
IMPUESTO TOTAL DE TUS ARRIENDOS$576.000$360.000
Resumen
Tus arriendos hoy$576.000
Tus arriendos con la reforma$360.000
Ahorro anual$216.000
A la fecha la ley aún no está promulgada: esta simulación es una proyección basada en el texto despachado por el Congreso y puede cambiar hasta su publicación. El régimen del 5% regiría desde el 1 de enero de 2027.
Calculado con la tabla del Impuesto Global Complementario AT 2026 (SII) y el texto despachado del Boletín 18.216-05 (Oficio N° 21.440, 4-ago-2026).
Estimación referencial sobre una ley aún no promulgada. No constituye asesoría tributaria: antes de tomar cualquier decisión sobre tu cartera, valida el caso con tu asesor. · taxmover.com/simuladores/impuesto-dfl2
Explicación detallada
1

Tu situación actual (hoy, sin reforma)

Cómo tributan tus arriendos con las reglas de hoy.

a) Tus arriendos
#CompraSuperficieArriendo/añoTratamiento hoy
#110-03-201575$5.400.000Exenta
#220-06-201880$6.240.000Exenta
#315-09-202185$7.200.000Paga impuesto normal
Total arriendo anual$18.840.000$11.640.000 exento · $7.200.000 paga impuesto

Tus 2 vivienda(s) DFL2 más antigua(s) quedan exentas: no pagan impuesto por el arriendo. El resto sí paga el impuesto a la renta de las personas (Global Complementario).

b) Cuánto impuesto pagan tus arriendos hoy

El impuesto a la renta de las personas (Global Complementario) es progresivo: mientras más ganas en total, mayor es la tasa del último tramo. Para ver cuánto suman tus arriendos, primero miramos tu impuesto sin ellos, después con ellos, y la diferencia es lo que aportan los arriendos.

Paso 1. Tus otras rentas (sueldo + otros) $30.000.000
Impuesto solo por ellas (sin arriendos — tasa efectiva 3,2%)$947.963
Paso 2. Le sumamos tus arriendos que pagan impuesto: $30.000.000 + $7.200.000 $37.200.000
Impuesto total sobre ese monto (tasa efectiva 4,1%)$1.523.963

¿Por qué en el paso 3 restamos? El impuesto de tus otras rentas lo pagas igual, tengas o no arriendos. Al restarlo, queda solo lo que agregan los arriendos. Es como en una cuenta: si tu plato costaba $947.963 y con el postre sube a $1.523.963, el postre costó la diferencia.

Paso 3. Impuesto de tus arriendos = $1.523.963$947.963 $576.000
Y ese impuesto, tramo por tramo
$7.200.000 a tasa 8%
$576.000 de impuesto

👉 En simple: hoy, como persona natural, tus arriendos pagan (o deberían estar pagando) $576.000 al año — solo por las viviendas que pagan impuesto. Las 2 DFL2 más antiguas no pagan.

2

Con la reforma tributaria

El nuevo impuesto único de 5% y cómo cambia tu cuenta.

a) Qué es lo nuevo

Se crea un impuesto único de 5% sobre el arriendo bruto (sin descontar gastos), opcional, para viviendas económicas DFL2 desde la tercera propiedad, con superficie de hasta 90 m², arrendadas a una persona que no sea un familiar directo. Las 2 más antiguas siguen exentas; las de más de 90 m² siguen pagando el impuesto normal. Rige desde el 1 de enero de 2027. En vez de tu tasa marginal (que puede llegar al 35–40%), esas viviendas pagarían solo 5%.

Es un régimen opcional: puedes acogerte al 5% o seguir tributando en el impuesto normal, según lo que te convenga.

b) Cómo tributarían tus arriendos con la reforma
Sigue exento (2 DFL2 más antiguas) $11.640.000
Pasa al 5% (viviendas de hasta 90 m², de la tercera en adelante) $7.200.000
Sigue pagando impuesto normal (más de 90 m², o no es DFL2)$0
Parte 1 · Las viviendas de más de 90 m² (pagan impuesto normal)

Como no tienes viviendas de más de 90 m² que paguen impuesto, con la reforma no queda nada en el impuesto normal: todo lo afecto pasa al 5%.

Parte 2 · Las viviendas de hasta 90 m² (pagan el 5%)
$7.200.000 × 5% $360.000
Total: juntamos las dos partes
Impuesto de las de más de 90 m² $0
+ 5% de las de hasta 90 m² $360.000
= Impuesto total de tus arriendos con la reforma $360.000
c) Tu cuenta completa, hoy vs. con la reforma

La determinación completa, línea por línea y lado a lado, es el documento de la derecha: es la misma cuenta que acabamos de hacer, ordenada como la verías en el formulario de renta.

Y ese impuesto, tramo por tramo

Sin arriendo afecto al impuesto.

3

¿Conviene una sociedad?

Comparamos dejar las propiedades a tu nombre con ponerlas en una empresa, y cuándo conviene cada opción.

Antes de la reforma, era muy común traspasar las propiedades —de la tercera vivienda en adelante— a una sociedad o a un empresario individual. La idea era diferir el impuesto: con la depreciación del edificio y los gastos, la empresa mostraba una utilidad baja o nula y pagaba poco o nada en el año, sabiendo que ese impuesto igual se pagaría más adelante, al retirar las utilidades. Una empresa puede depreciar de forma normal o acelerada; en este ejemplo usamos la acelerada, que descuenta el valor del edificio en cerca de un tercio del tiempo (unos 16 años en vez de 50) y baja fuerte el Impuesto de Primera Categoría (el que paga la empresa) en los primeros años. Pero ese dinero queda dentro de la empresa, y recién cuando lo pasas a tu bolsillo paga el impuesto que se había postergado. No es menos impuesto: es el mismo impuesto, más tarde ("diferimiento"). Veamos en números si, con la reforma, todavía conviene traspasar las propiedades desde tu patrimonio personal a una empresa.

a) Si dejo todo a mi nombre (persona natural)

Impuesto de tus arriendos hoy$576.000
Impuesto de tus arriendos con la reforma$360.000

Con la reforma ahorras $216.000 al año, sin ninguna estructura. Es la opción más simple y, para la mayoría, la más barata.

b) Si traspaso los arriendos que pagan impuesto a una empresa

Dos formas de verlo: con las reglas de hoy, y con la reforma.

b1) Con las reglas de HOY (diferimiento por depreciación)
Tú, como persona, pagas por esos arriendos$0
La empresa paga Primera Categoría sobre arriendo − depreciación acelerada (27%)$324.000
Queda dentro de la sociedad$6.876.000

Pagas $324.000 este año en vez de $576.000 — la depreciación acelerada baja el impuesto de la empresa. Pero ese dinero que quedó dentro paga el impuesto a la renta cuando lo saques: al retirarlo todo terminas pagando alrededor de $576.000, lo mismo que a tu nombre. La sociedad no baja el impuesto, lo posterga.

b2) Con la REFORMA
Lo exento sigue exento$11.640.000
Lo de hasta 90 m² paga 5% una sola vez y queda libre de impuesto$360.000

Con la reforma pagas $360.000 de 5%. Aquí pagas un poco más que difiriendo, pero es definitivo: el 5% deja esa renta libre — no hay una cuenta escondida para el futuro.

b3) En conclusión: ¿vale la pena traspasar a una sociedad?

Con la reforma, para las viviendas de hasta 90 m² la sociedad podría no ser tan atractiva: pagarían el mismo 5% que a tu nombre, pero dejando el dinero dentro de la empresa y perdiendo el límite de 8.000 UF que tienes como persona en la venta. Tal vez convendrá dejarlas a tu nombre — pagan 5% una sola vez, el excedente queda libre de impuesto (tributación cumplida), y conservas los beneficios a la venta. La sociedad sigue teniendo sentido para las viviendas de más de 90 m², donde la depreciación permite mantener el diferimiento (pagar menos hoy y pagar más al retiro o a la venta).

La estructura que probablemente será la más habitual
🏠 En tu patrimonio personal
Todas las DFL2 de hasta 90 m². Las 2 más antiguas quedan exentas, el resto paga solo 5%, y mantienes los beneficios tributarios a la venta.
🏢 En una sociedad (contabilidad)
Las propiedades de más de 90 m², y con ellas mantener el diferimiento del impuesto.

Obviamente, esta estimación no reemplaza una asesoría tributaria.

Recomendación general: para la mayoría de las personas naturales, tomar el 5% a tu nombre es lo más simple y barato. La sociedad se justifica por otras razones (sucesión, financiamiento, incorporar socios), no por pagar menos impuesto. Supuestos: depreciación de 16 años e impuesto de empresa 27%; no incluye el costo de traspasar las propiedades ni la pérdida del ingreso no renta de 8.000 UF. Regla legal: la sociedad al 5% debe dedicarse solo a viviendas de hasta 90 m²; las de más de 90 m² van aparte.

Lo que esta simulación asume

  • A la fecha, la ley aún no está promulgada. Esta simulación es una proyección basada en el texto despachado por el Congreso; los montos y condiciones pueden cambiar hasta su publicación. El régimen del 5% regiría desde el 1 de enero de 2027.
  • El conteo de las "2 más antiguas" asume cartera posterior a 2010 sin herencias (pendiente de definición en el texto).
  • Persona natural sin contabilidad: la base del impuesto es el arriendo bruto. Con contabilidad podrías rebajar gastos reales.
  • Los escenarios con sociedad no incluyen el costo de traspasar las propiedades ni la pérdida del ingreso no renta de 8.000 UF en la venta.
  • Regla legal: una sociedad al 5% debe dedicarse solo a viviendas de hasta 90 m². Las de más de 90 m² van a tu nombre o en una sociedad aparte. Una persona natural sí puede combinar 5% e impuesto normal.

Base normativa: Boletín 18.216-05 (texto despachado, Oficio N° 21.440, 4-ago-2026), arts. 24 bis y 24 ter del DFL N° 2, y tabla del Impuesto Global Complementario AT 2026 (SII).

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